Actualidad La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía Tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos. por Roberto 29/11/2023 29/11/2023 1,9K La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía Tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos, un documento que fija los criterios para la utilización de la biometría para el control de acceso, tanto con fines laborales como no laborales, estableciendo las medidas que tenerse en cuenta para que un tratamiento de datos personales que utilice esa tecnología cumpla con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entre otras normativas. Los sistemas biométricos y el tratamiento de los datos que se pueden obtener a partir de ellos están evolucionando muy rápidamente. Los nuevos sistemas aumentan el detalle de la información recogida e incluso permiten la posibilidad de recoger información sin la cooperación de la persona, que en ocasiones ni siquiera es consciente de ello. A ello se suma el desarrollo de la inteligencia artificial, que puede utilizarse para inferir información adicional sobre las personas. La Agencia considera el tratamiento de datos biométricos, tanto para identificación como para autenticación, como un tratamiento de alto riesgo que incluye categorías especiales de datos. Tal y como establece el RGPD, para poder tratar esas categorías es necesario que exista una circunstancia que levante la prohibición de su tratamiento y, además, una condición que lo legitime. En el caso de registro de jornada y control de acceso con fines laborales, si el levantamiento de la prohibición se basa en el artículo 9.2.b) del RGPD, el responsable debe contar con una norma con rango de ley que autorice específicamente utilizar datos biométricos para dicha finalidad. La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo. Guía gestión del riesgo y evaluación de impacto en tratamientos de datos personales. gestion-riesgo-y-evaluacion-impacto-en-tratamientos-datos-personalesDescarga Otras noticias de interes La FTSP-USO denuncia a la empresa Avizor por varios motivos 27/02/2025 BISERVICUS se incorpora al Grupo MITIE. 11/09/2023 Que le den una paliza a un vigilante de seguridad no va en el sueldo 14/02/2025 Denunciada TecnoSecurity por el retraso reiterado en el pago de salarios 19/05/2025 FTSP-USO Canarias denuncia a GSIE SEGURIDAD por impago reiterado de salarios en las dos provincias Canarias. 09/05/2025 APROSER refuerza su compromiso por divulgar la realidad y el valor profesional de la seguridad privada 27/11/2025 Actualidad FacebookTwitterWhatsapp Entrada anterior FEDEXPO Entrada siguiente Elecciones Sindicales 2023 Clece Seguridad SAU (Valencia)