Actualidad La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía Tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos. por Roberto 29/11/2023 29/11/2023 1,9K La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía Tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos, un documento que fija los criterios para la utilización de la biometría para el control de acceso, tanto con fines laborales como no laborales, estableciendo las medidas que tenerse en cuenta para que un tratamiento de datos personales que utilice esa tecnología cumpla con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entre otras normativas. Los sistemas biométricos y el tratamiento de los datos que se pueden obtener a partir de ellos están evolucionando muy rápidamente. Los nuevos sistemas aumentan el detalle de la información recogida e incluso permiten la posibilidad de recoger información sin la cooperación de la persona, que en ocasiones ni siquiera es consciente de ello. A ello se suma el desarrollo de la inteligencia artificial, que puede utilizarse para inferir información adicional sobre las personas. La Agencia considera el tratamiento de datos biométricos, tanto para identificación como para autenticación, como un tratamiento de alto riesgo que incluye categorías especiales de datos. Tal y como establece el RGPD, para poder tratar esas categorías es necesario que exista una circunstancia que levante la prohibición de su tratamiento y, además, una condición que lo legitime. En el caso de registro de jornada y control de acceso con fines laborales, si el levantamiento de la prohibición se basa en el artículo 9.2.b) del RGPD, el responsable debe contar con una norma con rango de ley que autorice específicamente utilizar datos biométricos para dicha finalidad. La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo. Guía gestión del riesgo y evaluación de impacto en tratamientos de datos personales. gestion-riesgo-y-evaluacion-impacto-en-tratamientos-datos-personalesDescarga Otras noticias de interes Se publica en el BOE la modificación de los modelos oficiales de los libros-registro que se establecen en el Reglamento de Seguridad Privada 22/10/2024 Relación de personas admitidas y excluidas a las pruebas para vigilante de seguridad y especialidades 05/05/2025 Firmado el plan de igualdad de la empresa Auservi Seguridad y Vigilancia 06/11/2025 Firmado el convenio de las empresas de seguridad privada 2023-2026 09/09/2023 Las Administraciones Públicas continúan admitiendo a licitar empresas sin el preceptivo plan de igualdad 24/02/2025 La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la USOC reclama mejoras en el servicio de vigilancia del metro 04/07/2025 Actualidad FacebookTwitterWhatsapp Entrada anterior FEDEXPO Entrada siguiente Elecciones Sindicales 2023 Clece Seguridad SAU (Valencia)