Actualidad USO ofrece un seguro de suspensión de empleo y sueldo por Roberto 21/07/2026 21/07/2026 18 Con subsidio y protección jurídica, gratis el primer año para las 1.500 primeras personas afiliadas solicitantes. USO piensa en tu tranquilidad y por eso te ofrece, con el respaldo y las garantías de una compañía especializada como ARAG, un seguro de protección frente a la suspensión de empleo y sueldo derivada del desempeño de tu actividad laboral asalariada o funcionarial, por hechos ajenos a tu voluntad.Esta póliza incorpora, además, defensa jurídico-penal ante determinados procedimientos derivados del ejercicio profesional, siempre conforme a las condiciones, límites y exclusiones establecidas en el contrato de seguro. La apuesta de USO por tu seguridad es clara. Incluye:El primer año de cobertura gratuito para las primeras 1.500 personas afiliadas solicitantes, con el compromiso de mantener la póliza durante una anualidad más, que se abonará directamente a la compañía aseguradora.A partir del segundo año, 44,60 euros de prima anual, ¡menos de 4 euros al mes por tu total tranquilidad! En caso de no encontrarse entre las primeras 1.500 personas solicitantes, se aplicarán esos 44,60 euros ya en la primera anualidad. Es importante reseñar que una póliza de características similares puede superar los 200 euros anuales si se suscribe a título individual. Qué protección ofrece el seguro de suspensión de empleo y sueldoEl seguro que ofrece USO junto a ARAG incorpora dos coberturas fundamentales, que os detallamos a continuación: defensa penal y subsidio por suspensión temporal de empleo y sueldo. Defensa penalLa persona afiliada que suscriba el seguro contará con cobertura para la defensa de su responsabilidad penal en procedimientos seguidos por hechos producidos en el desempeño de su actividad laboral asalariada o funcionarial.Esta garantía tiene un límite máximo de 6.000 euros. En caso de que la persona asegurada ejerza su derecho a la libre elección del profesional encargado de su defensa, el límite será del 50%; es decir, hasta 3.000 euros, conforme a las condiciones de la póliza.La cobertura puede incluir las fianzas que se exijan en el procedimiento penal para obtener la libertad provisional, garantizar la comparecencia al juicio o responder de las costas judiciales. No incluye el pago de indemnizaciones ni de multas. Dentro de los límites contratados, la póliza puede asumir los gastos derivados del procedimiento penal cubierto, como los honorarios de profesionales de la abogacía y la procura cuando su intervención sea preceptiva, las tasas y costas judiciales, determinados gastos notariales y los honorarios de peritajes necesarios.Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por la persona asegurada y aquellos en los que una sentencia judicial firme determine la existencia de dolo o culpa grave. Subsidio por suspensión temporal de empleo y sueldo.Esta garantía está igualmente pensada para hechos producidos durante el desempeño de la actividad laboral asalariada o funcionarial.La póliza contempla un subsidio de hasta 2.000 euros al mes, durante un máximo de 12 meses, destinado a compensar la pérdida económica real sufrida por una suspensión temporal de empleo y sueldo. La suspensión puede ser provisional o firme y debe haber sido impuesta mediante sentencia judicial o sanción administrativa, como consecuencia de hechos ajenos a la voluntad de la persona asegurada. En caso de suspensión provisional, ARAG podrá anticipar la diferencia correspondiente a las retribuciones no percibidas. Si la resolución definitiva resulta favorable, las cantidades anticipadas deberán reintegrarse; si la sanción se confirma, ARAG regularizará el subsidio definitivo conforme a lo previsto en la póliza.La gestión y liquidación del subsidio se efectuará a través de la entidad tomadora del seguro y exigirá la presentación de la documentación acreditativa correspondiente; entre ella, el expediente sancionador, la resolución de la sanción y la justificación de la pérdida económica sufrida. Una protección sujeta a las condiciones de la pólizaLas garantías se aplican a hechos ocurridos en territorio español y están sujetas a la legislación y a los tribunales españoles.Como en cualquier contrato de seguro, existen límites, requisitos y exclusiones. La póliza no cubre, entre otros conceptos, las multas o sanciones impuestas a la persona asegurada, las indemnizaciones, los hechos dolosos o causados con culpa grave ni los supuestos expresamente excluidos en sus condiciones generales y particulares.Antes de formalizar la adhesión, es importante consultar y leer la documentación contractual completa. Más respaldo, sin sustituir la acción sindicalEsta póliza supone una herramienta adicional de protección, pero no sustituye la acción sindical, el asesoramiento ni la defensa que USO presta a su afiliación.USO seguirá acompañando a las personas trabajadoras a través de sus secciones sindicales, federaciones y uniones territoriales. El seguro incorpora un respaldo económico y jurídico complementario ante determinadas situaciones profesionales especialmente delicadas.Puedes solicitar más información sobre sus coberturas en la sede de USO más cercana, en la sección sindical de USO de tu centro de trabajo o escribiendo a promociones@uso.es. También puedes dirigirte a nosotros por estos canales en caso de que quieras afiliarte para beneficiarte de este nuevo servicio de USO. Cómo solicitar el seguroSi ya eres una persona afiliada a USO y estás al corriente del pago de tus cuotas, únicamente debes cumplimentar el formulario habilitado para solicitar tu incorporación a la póliza. El plazo para optar a la gratuidad del primer año ya está abierto y finalizará el 1 de octubre, o cuando se completen las primeras 1.500 solicitudes válidas.La adhesión de las primeras 1.500 personas afiliadas implica el compromiso de mantener la póliza durante el segundo año, cuya prima, de 44,60 euros, será abonada directamente a la compañía aseguradora.A partir del segundo año, o desde el primero para quienes no se encuentren entre las primeras 1.500 solicitudes, el coste será de 44,60 euros anuales, que la persona asegurada deberá abonar directamente a la compañía.*Las coberturas están sujetas a las condiciones generales y particulares de la póliza. La información anterior tiene carácter divulgativo y no sustituye la documentación contractual del seguro. Otras noticias de interes Convocatoria pruebas de selección jefes-jefas y directores-directoras de seguridad. 02/10/2023 Mujer tenías que ser. 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