Actualidad La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía Tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos. por Roberto 29/11/2023 29/11/2023 1,4K La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado la Guía Tratamientos de control de presencia mediante sistemas biométricos, un documento que fija los criterios para la utilización de la biometría para el control de acceso, tanto con fines laborales como no laborales, estableciendo las medidas que tenerse en cuenta para que un tratamiento de datos personales que utilice esa tecnología cumpla con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entre otras normativas. Los sistemas biométricos y el tratamiento de los datos que se pueden obtener a partir de ellos están evolucionando muy rápidamente. Los nuevos sistemas aumentan el detalle de la información recogida e incluso permiten la posibilidad de recoger información sin la cooperación de la persona, que en ocasiones ni siquiera es consciente de ello. A ello se suma el desarrollo de la inteligencia artificial, que puede utilizarse para inferir información adicional sobre las personas. La Agencia considera el tratamiento de datos biométricos, tanto para identificación como para autenticación, como un tratamiento de alto riesgo que incluye categorías especiales de datos. Tal y como establece el RGPD, para poder tratar esas categorías es necesario que exista una circunstancia que levante la prohibición de su tratamiento y, además, una condición que lo legitime. En el caso de registro de jornada y control de acceso con fines laborales, si el levantamiento de la prohibición se basa en el artículo 9.2.b) del RGPD, el responsable debe contar con una norma con rango de ley que autorice específicamente utilizar datos biométricos para dicha finalidad. La Agencia especifica que, en el marco de estos tratamientos, el consentimiento no puede levantar la prohibición o ser una base para determinar la licitud de este, al existir un desequilibrio entre la persona a la que se somete al tratamiento y quien lo está llevando a cabo. Guía gestión del riesgo y evaluación de impacto en tratamientos de datos personales. gestion-riesgo-y-evaluacion-impacto-en-tratamientos-datos-personalesDescarga Otras noticias de interes La FTSP-USO Canarias se reúne con el diputado Raúl Acosta para abordar la situación del personal de seguridad en centros de acogida 03/07/2025 La FTSP-USO CV convoca concentraciones contra Grupo G en Valencia 10/03/2025 Sureste Seguridad condenada por vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical 04/07/2024 Al igual que en el aeropuerto de Palma AENA acosa y presiona a los vigilantes de seguridad en el aeropuerto de Asturias. 17/09/2024 La FTSP-USO Extremadura denuncia nuevos impagos de la empresa Davos Protección S.L 10/09/2025 Sureste Facility Services condenada a reconocer como tiempo de trabajo efectivo los 15 minutos de descanso en las jornadas superiores a 6 horas 14/01/2025 Actualidad FacebookTwitterWhatsapp Entrada anterior FEDEXPO Entrada siguiente Elecciones Sindicales 2023 Clece Seguridad SAU (Valencia)