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Viriato condenada a pagar los atrasos por la nulidad de su convenio de empresa

por Roberto

NOTA INFORMATIVA FTSP-USO

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Viriato Seguridad, SL. contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional con fecha 3 de noviembre de 2022 en la que se denunciaba por parte de la FTSP-USO, entre otras fuerzas sindicales, la no aplicación del convenio colectivo sectorial, ya que la empresa disponía de varios convenios propios.

En la sentencia de la Audiencia Nacional, que ahora ratifica el Tribunal Supremo, se reconocen: 

– El derecho de los trabajadores de la empresa VIRIATO SEGURIDAD, S.L. al percibo de las retribuciones contenidas en el Convenio Colectivo Estatal para las Empresas de Seguridad Privada.

– La obligación empresarial de regularizar y abonar al colectivo afectado los atrasos por las diferencias producidas como consecuencia de la no aplicación desde el mes de julio de 2020 de las retribuciones contempladas en los sucesivos Convenios Colectivos Estatales para las Empresas de Seguridad Privada vigentes.

En conclusión, el Tribunal Supremo obliga a Viriato Seguridad a abonar las diferencias salariales entre su convenio de empresa y el convenio colectivo estatal de empresas de seguridad desde el mes de junio de 2020 hasta la actualidad.

IMPORTANTE – URGENTE

Por ello, animamos a todos los trabajadores y trabajadoras que han estado contratados por Viriato Seguridad durante los últimos cinco años a denunciar estas diferencias salariales. Contacta con tu sede provincial de USO para que te ayudemos con estas reclamaciones.