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La FTSP-USO Canarias denuncia a la empresa Total Security Management en Tenerife

por Roberto

La empresa Total Security Management, no ha abonado a la mayoría de los trabajadores la correspondiente gratificación de marzo que se devengará entre el 13 y 15 de marzo.

El Art. 45.2 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad, publicado en el BOE Nº 10 de 12 de enero de 2022, dice lo siguiente: “Gratificación de Marzo. Todos los trabajadores de las Empresas de Seguridad sujetas a este Convenio, cualquiera que sea la modalidad de su contrato de trabajo, tendrá el
derecho al percibo de una paga en marzo” ……. “Esta gratificación se devengará anualmente del 1 de enero al 31 de diciembre, y se abonará, por años vencidos, entre el 13 y el 15 de marzo del año siguiente…”.

A modo de recordatorio el Art. 8 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social, establece como una infracción muy grave: “El impago y los retrasos reiterados
en el pago del salario debido”
.

Creemos que esto es lo suficientemente grave, para que las autoridades laborales competentes apliquen en su máxima expresión, las sanciones consecuentes a estas empresas, que con sus acciones producen un enorme menoscabo en la economía de los trabajadores y sus familias.